“La SCJN desde febrero de 2019 estableció una tesis de jurisprudencia en donde formalmente reconoce el derecho de la protección de la salud en el sentido colectivo del sentido individual, y considera la importancia del derecho colectivo como precedente al derecho individual”, explicó.
“La vacunación contra el Covid no tiene como propósito la protección individual, sino la protección poblacional. Esto es difícil de entender, como un mecanismo que se aplica a una persona tiene un propósito colectivo, pero la gran mayoría de las acciones de salud pública son así… porque lo que se busca es el bien colectivo”.
Recordó que hasta hoy la OMS, la OPS y agencias de países europeos y de Estados Unidos mantienen la posición de que es importante llevar el orden de prevención de las personas de mayor edad hacia las personas de menor edad.
“Porque la evidencia científica es consistente de que el riesgo principal de tener Covid grave, hospitalización, intubación y muerte está en las personas de mayor edad. Hay una escala donde el riesgo va disminuyendo progresivamente para edades menores”.
El presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que enviarán un informe al Poder Judicial donde se expliquen las características de las vacunas o lo que significa vacunar a menores para que los jueces tengan más elementos al momento de resolver sus amparos.
“No se limita el derecho q he tienen los ciudadanos a ampararse y nosotros tenemos que cumplir, pero estamos percibiendo que los jueces no tienen todos los elementos para actuar”.