“Dicho porcentaje será el mismo para la asamblea local constitutiva que realice la organización”, detalló.
El IEEPCO mencionó que en las asambleas deberá estar presente el funcionariado habilitado por el organismo, quien será responsable de observar y certificar el desarrollo de las asambleas a la que haya sido comisionado.
“Las organizaciones ciudadanas también deberán realizar una asamblea local constitutiva donde se presenten las personas designadas en las asambleas distritales como delegadas propietarias o suplentes. El plazo comprendido para la celebración de asambleas distritales, así como la asamblea local constitutiva, es a partir del 01 febrero y hasta el 15 de mayo del 2023”.
Finalmente, informó que del 16 al 25 de mayo del 2023 las organizaciones ciudadanas que hayan concluido el plazo de la realización de asambleas, podrán presentar su solicitud de registro como partido político local ante el IEEPCO para que el Consejo General determine lo conducente.