La ampliación del plazo, según el órgano electoral local, será hasta el próximo 4 de junio de 2023 con el objetivo de que puedan realizar sus respectivas asambleas constitutivas. Con la prórroga se busca “no vulnerar el derecho a su constitución, en un plano de igualdad y legalidad”.
Las organizaciones ciudadanas que deseen constituirse y obtener su registro como partidos políticos locales, deben cumplir con un número mínimo de personas afiliadas en el estado de Oaxaca y celebrar en al menos dos terceras partes de los distritos electorales locales o de los municipios de la entidad, asambleas constitutivas.
Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el marco jurídico que regula el procedimiento de constitución y registro de partidos políticos locales; es decir, en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Partidos Políticos, Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, detalla el acuerdo.
El número mínimo de personas afiliadas corresponde al 0.26% del padrón electoral que fue utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior que, en el caso de Oaxaca, corresponde a la elección de la Gubernatura del año 2022.
Con ese sistema, ahora los institutos estatales electorales deben utilizar esta herramienta para el control y registro del número de asistentes a las asambleas constitutivas programadas por las organizaciones ciudadanas que pretenden constituirse como partido político local.
“Por lo anterior, para garantizar los principios de certeza y legalidad a las ciudadanas y ciudadanos que buscan la constitución y registro de nuevos partidos políticos locales en Oaxaca, el Consejo General del IEEPCO, ha ajustado el formato correspondiente a la tabla del número mínimo de personas afiliadas que debe asistir y participar en las asambleas constitutivas distritales, con base en el padrón electoral vigente en la elección de 2022 y la nueva distribución territorial aprobada por el INE”, explica el órgano electoral en el acuerdo aprobado.