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Sin embargo, el pasado 11 de octubre por mayoría de votos el TEEO consideró como improcedente la demanda del IEEPCO. Los magistrados Víctor Manuel Jiménez Viloria y Miguel Ángel Carballido Díaz votaron en contra del proyecto presentado por el magistrado Raymundo Wilfrido López Vásquez.
La Secretaría de Finanzas resolvió que no era procedente la ampliación presupuestaria, sobre la base de que el cálculo del financiamiento público debe realizarse considerando el salario mínimo vigente del año 2015.
Pero según la propuesta presentada ante el pleno del Tribunal por Wilfrido López, el que se negara la ampliación presupuestal, transgredió la autonomía de funcionamiento e independencia del Instituto.
“El Instituto (IEEPCO) goza de autonomía de funcionamiento e independencia y que una de sus funciones es determinar anualmente el monto total por distribuir entre los partidos políticos para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, gastos de campaña y actividades específicas, así como distribuir a los candidatos independientes el financiamiento público para los gastos de sus campañas electorales.
“Además, que, la autonomía presupuestaria del Instituto comprende efectuar las adecuaciones a sus presupuestos sin requerir la autorización de la Secretaría”.
De acuerdo con el magistrado Wilfrido López, el cálculo para determinar el financiamiento público de los partidos políticos debe realizarse con base en el salario mínimo general vigente del año en el que se ejercerá; y no del año 2015 como argumentó el gobierno del estado.
También, aseguró en su ponencia, que no le asiste razón a la Secretaría de Finanzas cuando señala que el financiamiento público de los candidatos independientes para sus gastos de campaña debió ser cubierto en el marco de las prerrogativas para el financiamiento de los partidos políticos.
“Ello, porque el financiamiento público de los candidatos independientes para los gastos de campaña, si bien, se calcula a partir del financiamiento público respecto de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos, lo cierto es que, son independientes y tienen procedimientos distintos”.
Los magistrados Jiménez Viloria y Carballido Díaz, sin embargo, votaron en contra de la ponencia de Wilfrido López en la que se afirmaba que era procedente es ordenar al titular de la Secretaría de Finanzas del Gobierno aprobar la ampliación presupuestal por más de nueve millones de pesos para el pago del financiamiento público a los partidos políticos.