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En la resolución IEEPCO- RCG-04/2018, correspondiente al Procedimiento Ordinario Sancionador número CQDPCE/POS/005/2018, se expone que ambos aspirantes, registrados por Movimiento Ciudadano, fueron inscritos con el género masculino, cuando anteriormente se postularon como transgénero.
Para el caso de Roberto Ferrer, este último partido remitió un escrito por el que solicitó que el registro de la planilla se hiciera considerando al propietario con el género mujer. Mientras que para Pedro Agustín se realizó ese proceso para satisfacer la paridad de género de manera dolosa.
Por lo que el IEEPCO ordenó que en la coalición “Por Oaxaca al frente”, integrado además por los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, en San José Chiltepec se sustituyera al propietario por Nancy Martínez Mendoza y María Magdalena Avendaño Bautista como suplente.

Para San Pedro Ixcatlán el IEEPCO indicó que la propietaria fuera María de Lourdes Núñes Hidalgo y suplente Reyna Sierra Juan.
Sin embargo, no obstante ello la campaña arrancó con el candidato “trans” sancionado como aspirante a presidente de Ixcatlán y como suplente colocaron a Marilú (María de Lourdes) Núñes Hidalgo.
A la lista de personas a las que el IEEPCO les canceló su participación en el actual proceso por cualquier aspiración se encuentra Alfredo Vicente Ojeda Serrano, registrado por Movimiento Ciudadano en busca de la presidencia de San Juan Bautista Lo de Soto.
Así como Yair Hernández Quiroz en el municipio de Chalcatongo de Hidalgo, quien también negó usurpar la identidad “trans”, pues “así se lo dicta su conciencia”.
La determinación del órgano electoral fue aprobada por el Consejo Electoral el pasado 2 de junio; de obtener el triunfo los falsos “trans”, no serían reconocidos por las autoridades electorales, al no tener registro oficial de su candidatura.