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De ahí que los días 23, 24 y 25 de marzo que tenía para presentar sus demás solicitudes de registro de candidaturas, no se consideran en su perjuicio, ya que, en esos mismos días, el Instituto Nacional Electoral en coordinación con este instituto se encontraban en la reposición del procedimiento de registro del referido partido, dijo en un comunicado.
Lo anterior, en cumplimiento de la sentencia, emitida por la Sala Superior del TEPJF, en la que mandataba reponer el procedimiento de registro a partir de la verificación de 970 cédulas de afiliación para determinar así, si la organización cumplía el requisito de dispersión requerido para su registro como partido.
Días antes, las integrantes de la agrupación se apoderaron de las instalaciones del IEEPCO, efectuaron un ayuno y retuvieron por 24 horas a una docena de trabajadores.