La aprobación se dio entre aplausos de los presentes en la Cámara Alta y quedaron pendientes adiciones que presentaron al proyecto de dictamen los senadores del PAN, Xóchitl Gálvez y Damián Zepeda.
Este miércoles, en comisiones y hoy en el Pleno del Senado, se aprobaron sanciones para el acoso, hostigamiento y difusión de contenidos sexuales a través de Internet o redes sociales y las agresiones en contra de las mujeres en medios de comunicación.
Contempla penas de 3 a 6 años de prisión para los agresores, obliga a las páginas de internet a bloquear los contenidos y avisar de manera inmediata a los usuarios cuando incurran en violaciones; incluye la digital como una nueva modalidad de la violencia, y agrega la que se desarrolla en los medios de comunicación.
Como parte de este dictamen, se establece que los jueces y ministerios públicos podrán ordenar de manera inmediata que empresas como Facebook o Twitter, o cualquier página de internet donde se distribuyan estos contenidos, interrumpan, bloqueen, destruyan o eliminen estos archivos; además, se deberá avisar de manera inmediata a los usuarios que las compartan que el contenido será inhabilitado por orden judicial.
A partir de esta reforma, en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se establece que la violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación para exponer,distribuir, difundir, exhibir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual de una persona sin su consentimiento.
También se le considera violencia digital a los hechos que ocasionen daño psicológico o emocional a las mujeres tanto en su vida privada como en su imagen; o los actos dolosos que las dañen en su intimidad, privacidad o dignidad y que se cometan a través de dichas tecnologías.
La violencia mediática se comete cuando cualquier medio de comunicación promueve estereotipos sexistas, hace apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produce o permite la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas.
“El único responsable es el violentador. Olimpia ha dado la lucha, se ha organizado con asociaciones civiles y colectivos para que el día de hoy 25 estados tengan su propia legislación para sancionar esta modalidad de violencia. Aunque la promulgación de leyes estatales es importante, la justicia no puede esperar en las entidades federativas restantes para que adecúen su normatividad. Una de las grandes virtudes de este dictamen es que busca que las víctimas de todos los estados puedan hacer justiciables estas violaciones a sus derechos", dijo Nancy de la Sierra Arámburo (PT).
"Votamos por la justicia, para que ninguna pase por las violencias que hoy se viven en el mundo digital. Nuestros agresores tienen nombre y apellido, cada golpe cuenta pero tenemos que parar. No más internet como el callejón oscuro y sin salida", dijo la senadora Indira Kempis Martínez (MC).
"Se podría llamar la Ley Olimpia, Alejandra, Ana que denunciaron esos hechos que son horribles. No hay sanción que pueda resarcir el daño que provocan en las mujeres. Esta ley tenía que llegar al Senado de la República porque otras mujeres la sufren", dijo Verónica Farjat (PVEM).