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La elección en este municipio llegó a los tribunales luego de que una habitante denunció que las autoridades municipales y electorales violaron los principios de paridad de género y prohibieron a una mujer participar en los comicios para elegir edil.
Pese a ello, este viernes los magistrados federales consideraron que, “en esencia”, la violencia política de género “no trascendió a la validez de la elección, ya que las mujeres de dicho municipio tuvieron en la asamblea electiva el espacio para participar tanto en la confección de las planillas como al momento de votar por las mismas”.
Ante ello, determinaron “privilegiar la conservación de la validez de la referida elección”, pero instruyeron que en los futuros procesos electorales se debe incentivar la participación política de las mujeres.
En la sesión de este 25 de septiembre, el tribunal resolvió el juicio ciudadano federal, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior en el diverso recurso de reconsideración SUP-REC-102/2020.
Ello, “en cumplimiento al Acuerdo General 6/2020 de la Sala Superior del TEPJF en el que se precisan criterios adicionales al diverso Acuerdo General 4/2020 a fin de discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia del TEPJF, ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19)”, informó en un comunicado.