Se trata de la primera vez que las autoridades de impartición de justicia estatales emplean este tipo penal en Oaxaca, luego de que en junio pasado el Congreso local lo tipificó al reformar el Código Penal del Estado.
Con dicha reforma, Oaxaca se convirtió en la primera entidad de todo México en considerar como un delito las ejecuciones extrajudiciales, aquellas en las que agentes del Estado mexicano (por ejemplo, autoridades o policías) asesinan deliberadamente a una persona sin pasar por un proceso judicial. Con ello, el asesinato de Diego Paz se trata del primer caso que se investigará como tal en todo el país.
Fue en esta secuencia de hechos en la que la fiscalía oaxaqueña determinó que el actuar de los policías derivó en conductas tipificadas como delitos.

De acuerdo con la FGEO, como parte del avance en el caso se determinó que el disparo de arma de fuego que mató a Diego se efectuó tras el incidente con la policía municipal de Santa Lucía del Camino en el punto de revisión del operativo alcoholímetro y al emplearse “los más altos estándares en materia de procuración de justicia y con perspectiva de derechos humanos, así como victimológica” y, al realizarse los “trabajos jurídicos necesarios”, se logró aplicar la reforma realizada al artículo 292 Quarter del Código Penal del Estado de Oaxaca.
La audiencia de control de detención y comunicación de imputación tuvo como resultado que los dos hombres identificados como A.R.P. y J.J.S.C., elementos de la Policía Municipal de Santa Lucía del Camino, fueran imputados por el delito de ejecución extrajudicial contra el universitario.
“Este organismo procurador de justicia, a través de la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos de Alto Impacto, ha realizado los actos de investigación gracias a los cuales se han reunido las pruebas suficientes para realizar la imputación de este caso paradigmático, informó la fiscalía de Oaxaca.
La fiscalía estatal abundó que en el proceso de procuración de justicia se priorizará la aplicación de la perspectiva de derechos humanos, por ello, dentro de la integración de la carpeta y la imputación se implementaron las directrices del Protocolo de Minnesota como criterio orientador ante “la sospecha fundada que probablemente existió un uso ilegal de la fuerza pública”.
Lo anterior, explicó, dado que ahora desde junio pasado por mandato constitucional, la fiscalía de Oaxaca está obligada a “investigar de forma pronta, efectiva, exhaustiva, independiente, imparcial, transparente y con apego a los derechos humanos toda muerte potencialmente ilícita en la que exista una sospecha fundada de la intervención de un agente del Estado", pues tiene la responsabilidad de brindar a las víctimas directas e indirectas “un proceso de procuración de justicia adecuado”.